Hace pocos días salió publicado en el Diario La Nación, un comentario del licenciado Rodrigo Alberto Carazo Zeledón, donde denuncia que trataron de hacerlo víctima de una violación a su derecho a la intimidad, por medio del cambio de una tarjeta de crédito.
El timo que casi sufre don Rodrigo consiste en lo siguiente:
Un atento ejecutivo o ejecutiva lo llama y le indica que debido a su buen record crediticio, usted puede cambiar su tarjeta de crédito actual, por una nueva tarjeta de crédito, en condiciones mejores a las de la que tiene actualmente. Puede ser que le bajen a la tasa de interés o bien que le regalen la membresía. Cuando usted acepta, le llevan la tarjeta de crédito a su trabajo o domicilio, pero a cambio usted debe firmar un documento donde autoriza al emisor de la tarjeta de crédito a hacer pública su información crediticia, tanto en la SUGEF, como en cualquier protectora de crédito, las cuales en su gran mayoría se han caracterizado por el robo y venta de información confidencial, tal como número de celulares, planillas de la Caja Costarricense del Seguro Social y otra información sensible.
Este robo legalizado de información se hace con la complicidad de la Superintendencia General de Entidades Financieras, la cual, en octubre del año pasado, emitió un Reglamento de Clasificación de deudores,
El artículo 8 del citado Reglamento establece que ‘La entidad financiera debe determinar el comportamiento de pago histórico asignado al deudor por el Centro de Información Crediticia de la SUGEF. La entidad puede complementar lo anterior con referencias crediticias, comerciales o ambas. Estas referencias pueden ser generadas por la misma entidad, su grupo o conglomerado financiero o suministradas por otras entidades financieras, centrales de crédito u otros proveedores de información crediticia y comercial costarricenses o extranjeros.’
En este último párrafo queda claramente establecida la legalización por parte de la Superintendencia General de Entidades Financieras, de la venta de información a varios piratas que pululan en Costa Rica y que se han encargado de corromper a funcionarios del ICE, de la Caja Costarricense de Seguro Social y de juzgados, con el fin de conseguir datos para la venta.
Sin embargo, para poder consultar la información del deudor ante la Superintendencia, se requiere de la autorización expresa de éste.
En el caso de las tarjetas de crédito indica que La citada autorización aplica únicamente para los deudores que a partir de la entrada en vigencia de este Reglamento, renueven o modifiquen una línea de crédito existente, o en el caso de tarjetas de crédito, cuando se dé el cambio físico de la tarjeta, pero en este último caso debe aplicarse a más tardar cuatro años después de la entrada en vigencia de este Reglamento. Esto explica el por qué había tanta insistencia en que don Rodrigo cambiaria su tarjeta.
Si bien don Rodrigo nos dejó con la gana de saber el nombre de quienes trataron de estafarlo, nosotros queremos denunciar un atropello que están sufriendo cientos de costarricenses por parte de la empresa AVAL CARD DE COSTA RICA, subsidiaria del emporio financiero gringo CITIGROUP.
El modus operandi es muy similar. Lo llaman y le indican que usted ha calificado para un cambio de tarjeta por el cual no le cobrarán membresía y que también recibirá cupones para cambiar por mercadería en varios negocios reconocidos del país. Si usted acepta a los pocos días se presentará un mensajero para hacerle el cambio de su tarjeta. Este le entrega un sobre cerrado y le pide firmar un recibido conforme, en el cual se indica que al recibir el nuevo plástico, usted acepta el contrato emitido por AVAL CARD. Lo que no le indican es que el contrato viene en el sobre cerrado, el cual cuando la víctima lo abre recibe la desagradable sorpresa de que ha sido estafado y de que ha firmado una autorización en blanco para que su información confidencial sea divulgada o vendida al mejor postor.
Vamos a hacer énfasis en dos de los artículos del citado contrato:
Artículo 3: Del Pago y los Cargos. El tarjeta habiente se obliga a pagar al emisor por emisión y renovación de tarjetas titulares y adicionales en los períodos definidos por el emisor…
O sea que el ofrecimiento que le hicieron verbalmente de no cobrarle membresía, queda automáticamente anulada por este artículo contractual, por lo que usted ha sido estafado por medio de información engañosa.
Artículo 16: Asimismo, el tarjeta habiente autoriza al emisor para que, cuando lo considere necesario, consulte y verifique en cualquier central de información crediticia o en la SUGEF, los datos que considere necesarios para conocer el desempeño del tarjeta habiente como deudor, ya sea en el territorio nacional o internacional. Asimismo, autoriza al emisor, para que reporte o divulgue la información que conozca de él, en cualquier central de información crediticia que considere pertinente o en SUGEF. En vista de lo anterior, el tarjeta habiente conoce y acepta expresamente desde ahora que dicha información podrá ser conocido por cualquier tercero que utilice el servicio de las centrales de información crediticia. O sea su información confidencial puede ser intercambiada o vendida al mejor postor, con una autorización que obtuvieron en forma engañosa.
No podría esperarse otra cosa de AVAL CARD, que durante toda su existencia se ha caracterizado por su marrullería y por la práctica del agiotaje.
Nos preguntamos como don Rodrigo Que hará la DEFENSORIA DE LOS HABITANTES ante este nuevo atropello de la empresa AVAL CARD?.
Como lo más probable es que no haga absolutamente nada, somos los ciudadanos los que debemos protegernos. Divulgue entre sus conocidos este nuevo modelo de estafa y robo legalizado de información. Y, si para su desgracia tiene una tarjeta con estos agiotistas, trate de cancelar lo más rápido posible su saldo y si le ofrecen una nueva, dígale a la amable ejecutiva o ejecutivo, que le digan al señor Gerente de esta transnacional se guarde su nueva tarjeta y sus cupones de regalo, en una parte corporal, situada debajo de la espalda.
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